¿Sabes en qué consiste el nuevo modelo de facturación electrónica?
Estamos listos para guiarte en el proceso de facturación fiscal. Contacta a nuestro departamento de ventas para recibir asistencia personalizada.
¿Qué es y cómo funciona la facturación electrónica?
La factura electrónica, así como la tradicional, es un documento probatorio de un intercambio de un bien o servicio, que además tiene validez fiscal.
Su funcionamiento es sencillo, ya que se trata de la versión digital de un comprobante fiscal físico, que anteriormente debía imprimirse o enviarse por correo, y ahora se emite y firma electrónicamente para su reporte ante la DGII.
Beneficios de la facturación electrónica
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Reducción de costos de impresión y adquisición de papel.
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Impacto positivo en el medio ambiente.
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Reducción de costos de almacenamiento físico de documentos.
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Reducción de costo de cumplimiento.
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Procesos administrativos más rápidos y eficientes.
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Optimización de tiempos y recursos.
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Automatización de procesos.
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Facilita el cumplimiento tributario.
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Facilita el comercio electrónico.
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Fomenta la competencia leal y equidad.
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Proporciona certeza jurídica tanto al emisor como al receptor del comprobante fiscal.
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Trazabilidad y certeza de la información.
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No más pérdida de documentos.
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Estandariza relaciones comerciales electrónicas entre empresas.
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Mayor seguridad en el resguardo de los documentos.
¿Por qué iniciar ahora el cambio a la facturación Electrónica ahora?
los contribuyentes que aún no se encuentren obligados a facturar electrónicamente pero que deseen implementar integralmente antes de la llegada del plazo de obligatoriedad de Ley, gozaran de los incentivos previstos en los el articulo 38 y siguientes, a saber:
• RD$300,000.00 a grandes MIPYMES;
• RD$200,000.00 a medianos contribuyentes;
• RD$75,000.00 a pequeños contribuyentes; y
• RD$25,000.00 a microempresas y no clasificados.
Estos incentivos operan como un crédito y podrán ser aplicables a:
• Anticipos del Impuesto sobre la Renta;
• ITBIS operacional;
• Impuesto sobre la Renta; e
• Impuesto sobre los Activos.
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Aviso 07-23, promulgación Ley General de Facturación Electrónica de la República Dominicana.
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Aviso 08-23, calendario de implementación de Facturación Electrónica para Grandes Contribuyentes Nacionales.
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Ley núm. 32-23, ppromulgación Ley General de Facturación Electrónica en República Dominicana (Régimen de Obligatoriedad).
Además, conforme al articulo 34 de la Ley, quedan exceptos de la retención del cinco por ciento (5%) del Impuesto sobre la Renta sobre pagos del Estado, establecido en la Ley núm.11-92, del 16 de mayo de 1992, que aprueba el Código Tributario de la República Dominicana, los proveedores del Estado que hayan sido autorizados como emisores electrónicos ante DGII y el servicio o bien que se facture mediante e-CF.
¿Quiénes deben emitir facturas electrónicas?
De acuerdo con el artículo 2 de la Norma General 01-2020, deben emitir facturas electrónicas todas las personas físicas o jurídicas domiciliadas en la República Dominicana que realicen operaciones de:
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Transferencia de bienes.
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Entrega en uso.
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Prestación de servicios a título oneroso o gratuito.
¿Cuáles son los requisitos para emitir facturas electrónicas?
Para estar autorizado como emisor de e-CF, debes presentar tu solicitud ante la DGII y cumplir con los siguientes requisitos:
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Tener el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) actualizado.
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Estar registrado como contribuyente con obligaciones tributarias a su cargo.
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Estar al día con las obligaciones tributarias y deberes formales.
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Completar el Formulario de Solicitud de Autorización.
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Contar con un certificado digital de persona física, emitido por una prestadora de servicios de confianza que corresponda a la persona que actuará en representación del contribuyente.
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Cumplir con las exigencias técnicas que la DGII dispone.
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Aprobar de manera satisfactoria el proceso de certificación a los fines de inicio de emisión de los e-CF.
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Encontrarse al día con las disposiciones de la Norma General núm. 06-2018 sobre Comprobantes Fiscales.
¿Cuáles son los pasos que dar por el cliente para iniciar el proceso de certificación para emitir facturas electrónicas?
Como observamos en la lista anterior de los requisitos, los puntos 1,2,3,4,5,6 son necesarios de realizar por el cliente para iniciar el proceso de certificación para emitir facturas electrónicas.
Certificado digital
Las facturas electrónicas emitidas deben ser firmadas digitalmente y esto se logra mediante un certificado digital, el cual garantiza la autenticidad e integridad de la factura electrónica emitida.
Estos certificados son emitidos por prestadoras de servicios de confianza autorizadas (entidades de certificación), las cuales son reguladas por el INDOTEL y amparadas por la Ley 126-02 sobre el Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.
Actualmente, las entidades de certificación autorizadas son:
Proceso de certificación
Es el proceso técnico realizado con la DGII, en donde se realizan una serie de pruebas que son las que avalan que el cliente y su sistema cumple con todos los requisitos de lugar para emitir y recibir facturas electrónicas.
Este proceso es realizado por un técnico de SoftOne, pero para el mismo se debe previamente contar con todos los anteriores pasos ya realizados por el cliente, para poder tener habilitado el ambiente de certificación.
Pasos iniciales para dar por el cliente
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Obtener certificado digital
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Mediante la oficina virtual acceder a la opción “Solicitud para ser emisor electrónico”, esta opción lo guiara en los puntos que debe tener al día con todo lo relacionado a la DGII para poder iniciar el proceso de certificación.
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Una vez estos dos primeros puntos estén realizados la DGII habilitara al cliente un ambiente para el proceso de certificación que el cliente debe suministrar a Softone para entonces empezar con las pruebas de certificación. Al finalizar estas pruebas y la DGII dar la aprobación de estas, se les habilitara en su oficina virtual la opción para poder solicitar comprobantes electronicos y ya estarán aptos para ser emisores y receptores de facturación electrónica.